HISTORIA DE LOS CÓDIGOS DE VESTIMENTA PARA ACTOS OFICIALES EN REPÚBLICA DOMINICANA
Con base en la información recopilada, aquí tienes una cronología de los decretos y disposiciones relacionadas con el código de vestimenta para actos oficiales en República Dominicana:
1. 1906 - Gobierno de Ramón Cáceres: Durante su mandato, se estableció la tradición de que los presidentes y funcionarios vistieran de blanco en actos oficiales, como símbolo de pureza y transparencia. Aunque no se emitió un decreto formal, esta práctica marcó el inicio de una costumbre que perduraría en el tiempo.
2. 1934 - Decreto Nº 1004, Gobierno de Rafael Leónidas Trujillo: Este decreto reglamentó oficialmente la indumentaria para actos oficiales y de sociedad a los cuales asistía el gobierno. Trujillo consolidó la tradición del traje blanco en ceremonias de juramentación y estableció normas específicas para otros eventos oficiales.
3. 1973 - Decreto de Joaquín Balaguer: Balaguer emitió un decreto que reforzó y oficializó el código de vestimenta para actos oficiales. Según este decreto, el traje blanco sería obligatorio para ceremonias de juramentación en verano (16 de agosto) y el traje oscuro para actos de rendición de cuentas en invierno (27 de febrero).
En el CEREMONIAL DIPLOMÁTICO DOMINICANO mediante Decreto No. 1306 del 26 de julio de 1971 del presidente
Joaquín Balaguer en el Capitulo IV articulo 11 dedicado a las AUDIENCIAS establece
Art. 11.- " Las audiencias que el Presidente de la República conceda a los Legados, Nuncios Apostólicos, Embajadores, Enviados Extraordinarios, y Ministros Plenipotenciarios serán solemnes y privadas. Las solemnes, para la presentación de Cartas Credenciales; y las privadas, para visitas de despedida, presentación de Encargados de Negocios y de extranjeros de distinción, y para la entrega de Nuevas Cartas Credenciales, Cartas de Retiro y Cartas de Jefes de Estado, cuando el diplomático prefiera hacer la entrega personalmente y no por conducto de la Cancillería.
En las audiencias solemnes que tengan efecto en el curso de la mañana o de la tarde el traje serpa blanco, cuando se realicen entre el 1ro. de junio y el 31 de octubre de cada año; y cuando las mismas tengan lugar entre el 1ro. de noviembre y el 31 de mayo, el traje será “Vestón” o “Chaqué.” En las audiencias privadas el traje será el de calle.